Amplían la eliminación de aranceles a la importación de equipamientos médicos e insumos sanitarios

El Gobierno nacional resolvió extender la eximición de derecho de importación para una serie de insumos y productos médicos, dado que el uso de los mismos resulta clave para el sistema de salud en el marco de la pandemia del coronavirus. Por Cuarto Intermedio

Por medio del Decreto 745/2020, el Gobierno nacional amplió la eliminación de los aranceles a la importación de unos 87 equipamientos médicos e insumos sanitarios mientras perdure la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N° 27.541, ampliada por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio.

A partir de la publicación de la medida en el Boletín Oficial, los bienes alcanzados por la reducción de aranceles al 0%, también quedarán eximidos del pago de la tasa de estadística a las operaciones de importación.

De esta manera, entre los insumos eximidos de derechos de importación figuran alcohol etílico, sin desnaturalizar, en grado alcohólico volumétrico superior a 80% vol, con un contenido de agua inferior o igual a 1% vol; alcohol propílico; alcohol isopropílico; desinfectante de superficies para equipos médicos y pisos; alcohol en gel; reactivos para diagnóstico, de uso in vitro para uso humano, para la detección de COVID-19; artículos de laboratorio o farmacia; mascarillas del tipo de las utilizadas por los cirujanos en las operaciones. De telas sin tejer; láminas a base de fibra de vidrio, de los tipos utilizados para la fabricación de tiras para diagnóstico de COVID-19; y oxímetro de pulso.

Asimismo también fueron incluidos aparatos para medida de la presión arterial; desfibriladores externos que operen únicamente en modo automático (AED); aparatos de oxigenoterapia, sus partes y accesorios; aparatos respiratorios de reanimación; pulmones de acero; termómetros clínicos; camillas; y Mesas rodantes y mesas de luz de los tipos utilizados por pacientes hospitalarios durante su internación.

“Dada la situación de emergencia sanitaria que tiene lugar en nuestro país y para no afectar la atención sanitaria de la población como consecuencia del brote del COVID-19, resulta necesaria la constante adopción de medidas con el fin de garantizar a la población el acceso a ciertos insumos críticos para mitigar su propagación y su impacto sanitario”, se explicó entre los considerandos de la norma.