Con la certeza de que ya no resultaría posible aplicar “fuertes” restricciones para contener la circulación de personas actual -salvo que un hipotético escenario de colapso hospitalario así lo amerite-, desde el Gobierno nacional resolvieron, por un lado, intensificar los controles de ingresos en el aeropuerto internacional de Ezeiza, a la vez que dispusieron el cese de la presencialidad para gran parte de los empleados del sector público por los próximos días.
Para el primer caso, entonces, vale recordar que durante el fin de semana pasado comenzó a regir la Decisión Administrativa 268/2021 mediante la cual se ordenó la suspensión de los vuelos directos aerocomerciales de pasajeros que tengan como origen Brasil, Chile y México, sumándose de esta manera a los procedentes del Reino Unido e Irlanda del Norte.
No obstante, para el ingreso de aquellas personas que se encontraban fuera del país al momento del emitirse la medida, así como también para los ingresos que cuenten con autorización excepcional, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
-Realizar una prueba para SARS-CoV-2 al arribo al país y otra al séptimo día del ingreso como condición de finalización del aislamiento obligatorio.
-El costo de ambas pruebas deberá ser asumido por la persona que ingresa al país, y deberá efectivizarse en la forma que establezcan las autoridades competentes.
-Quienes resulten positivo en la prueba para SARS-CoV-2 al ingreso al país deberán realizar a continuación el test de PCR para su secuenciación genómica, según indicación del Laboratorio Nacional de Referencia.
-Adicionalmente, quienes hubieren resultado positivo en dicha prueba y sus “contactos estrechos” deberán cumplir el aislamiento en los lugares dispuestos por las autoridades nacionales correspondientes y destinados a tal fin, hasta tanto se efectúe el traslado seguro hasta su localidad de residencia, si correspondiera.
-La estadía en los citados lugares de aislamiento será a cargo de la persona que ingresa al país, y deberá efectivizarse en la forma que establezcan las autoridades competentes.
-Quienes resulten negativo en la prueba realizada al arribo deberán cumplir con el aislamiento obligatorio en los respectivos domicilios denunciados a tal fin en su declaración jurada de ingreso al país por el término de 7 días desde la toma de la muestra del test realizado al momento de ingreso al país. De resultar positivo el test practicado al séptimo día de arribo al país, deberá el laboratorio interviniente arbitrar los recaudos para que la autoridad nacional competente secuencie genómicamente la muestra de laboratorio y la autoridad sanitaria local realice el inmediato rastreo de los contactos estrechos de ese viajero, sobre la base de los mecanismos previstos para la trazabilidad de su ingreso y de traslado al lugar de aislamiento.
-El costo de las pruebas de secuenciación deberá ser asumido por la persona que ingresa al país y deberá efectivizarse en la forma que establezcan las autoridades competentes.
Para el otro caso, en tanto, los trabajadores del sector público nacional -salvo algunas excepciones- quedarán exceptuados desde el lunes y hasta el miércoles (jueves y viernes son feriados por Semana Santa) de asistir a sus lugares de trabajo y podrán durante esos días cumplir con sus tareas en forma remota o virtual.
De la misma manera, la administración nacional invitó tanto a los gobiernos provinciales, municipales, como así también a los Poderes Legislativo, Judicial y al sector privado a hacer lo propio con sus empleados.
En último lugar y producto de las reuniones entre los ministros de las distintas carteras que se llevarán a cabo en las próximas horas, se prevé que habrán una serie de anuncios relacionados al fin de semana largo, aunque los mismos girarían en torno a las recomendaciones sobre los cuidados personales para prevenir contagios de coronavirus, así como también de los operativos sanitarios especiales que se montarían para tal fin.