Por medio de la Resolución 725/2022 publicada en el Boletín Oficial, el organismo que conduce Claudio Ambrosini estableció que las licenciatarias podrán aplicar a partir del 1º de mayo un incremento en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en las modalidades pospagas y mixtas de hasta 9,5%; y una nueva suba a partir del 1° de julio por idéntico porcentaje.
A la vez, se indicó que cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado por las Licenciatarias de Servicios de TIC o DTH (TV Satelital) y que supere los valores expresamente autorizados, deberá ser reintegrado a sus usuarios en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago de facturas.
Por otro lado, las modificaciones que las empresas realicen sobre sus planes, precios y condiciones comerciales a partir de la autorización, deberán ser comunicadas al ENACOM al momento de su aplicación.
Además y en el caso de que el usuario no abone su factura con incrementos superiores a los autorizados, se especificó que las prestadoras no podrán suspender el servicio ni computar mora sobre esas facturas.
Para la modalidad prepaga pura, en tanto, se establecieron a partir del 1° de mayo de 2022 valores máximos para la recarga de 50 megabits (MB) de datos móviles por día $ 27,40; segundo de voz $ 0,42 y mensajes de texto (SMS) $ 5,50; en todos los casos con impuestos incluidos.
Asimismo, a partir del 1° de julio próximo la recarga de 50 MB podrá cobrarse $ 30; el segundo de voz $ 0,46; y el SMS $ 6, también en todos los casos con impuestos incluidos.