La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca oficializó los requisitos para que nuevas economías regionales se sumen al Programa de Incremento Exportador: manzana, pera, naranja, mandarina, pomelo, arroz, kiwi, cebolla, aceites esenciales, quínoa, lino, coriandro, orégano, pimiento para pimentón, manzanilla y árboles, arbustos y matas, frutas u otros frutos comestibles, incluso injertados.
En reuniones previas con representantes de las cadenas beneficiadas, el secretario de Agricultura, Juan José Bahillo, ya había adelantado la medida, donde se comprometieron a abastecer el mercado local con las mercaderías consignadas, que en esta oportunidad abarcan a 65 nuevas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.).
El beneficio se aplicará a las exportaciones oficializadas a partir del 10 de abril de 2023, y con fecha límite de liquidaciones de divisas antes del 31 de agosto de 2023.
Cabe señalar que la medida se implementa en el marco del restablecimiento del Programa de Incremento Exportador a través del Decreto 194/2023.