Otorgarán bono de 55 mil pesos para jubilados que cobran la mínima en febrero

Se trata de una ayuda económica previsional para quienes cobren la jubilación mínima. Para percibirla, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación. Vale aclarar que no será susceptible de descuento alguno, ni computable para ningún otro concepto. Por Cuarto Intermedio

Por medio del Decreto 81/2024 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional dispuso que se otorgue una ayuda económica previsional por un monto máximo de $55.000, que se abonará en el mes de febrero de 2024.

Respecto al otorgamiento de la misma, cabe señalar que dicha asistencia será liquidada, por titular, a las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto Nº 160/05, así como también a las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor; y a las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.

De la misma manera, se dispuso que para aquellos titulares que por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes perciban un monto menor o igual a $105.712,61, la ayuda económica previsional será equivalente a $55.000; mientras que para aquellos titulares que perciban un importe superior a $105.712,61, la ayuda económica previsional será igual a la suma necesaria hasta alcanzar el tope de $160.712,61.

Vale aclarar que para percibir la ayuda económica previsional, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación, y que en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho a la misma, a la vez que se remarcó que no será susceptible de descuento alguno, ni computable para ningún otro concepto.

“La grave situación socioeconómica que atraviesa nuestro país ha ocasionado, entre otras cuestiones, un alza acelerada del índice de precios, con especial incidencia en los adultos mayores de menores ingresos, para quienes es necesario acudir a su sostenimiento”, se argumentó entre los considerandos de la medida.