Milei afronta su primera movilización masiva

La administración nacional tendrá su primera marcha en contra a poco más de una semana de haber asumido el poder. Se trata de organizaciones políticas y sociales que reclamarán, entre otras cuestiones, por el “ajuste brutal”. Expectativa en torno a la implementación del “Protocolo de Orden Público”. Por Cuarto Intermedio

Justo en la jornada en la que finalmente se dará a conocer el “mega decreto” sobre desregulación de la economía -lo hará el Presidente Javier Milei por cadena nacional-, miles de personas se movilizarán por las calles de la Ciudad de Buenos Aires, cuyo destino final será la Plaza de Mayo.

En ese marco, además,  hará su debut el “Protocolo de Orden Público” anunciado recientemente por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, el cual contempla la quita de planes sociales para quienes promuevan, instiguen, organicen o participen de piquetes, así como también para quienes lleven niños a las movilizaciones o se encuentren en las mismas con objetos contundentes y los rostros tapados.

“Las amenazas de Pettovello se suman a las de Bulrrich, contra el derecho a la protesta. Quieren un ajustazo brutal contra el pueblo y reprimir a los que se quejan! Con una inflación del 60% mensual el plan desaparecer en 2 meses. El 20 todos a las calles de Congreso a la plaza”, había instado el dirigente Eduardo Belliboni a través de sus redes sociales.

Por su parte y en la antesala de que comiencen a concentrarse las columnas de las distintas organizaciones políticas y sociales, la titular de la cartera de Seguridad nacional contó que ya recibieron más de 5 mil llamados a la línea 134 donde la mayoría de las personas denunciaron -de manera anónima- que eran intimidadas para que asistieran a la marcha porque en caso de que no lo hicieran les cortarían el plan Potenciar Trabajo, o que también les podrían cobrar 7 mil pesos de multa.

“No recibimos más (denuncias) porque el sistema no tiene para más capacidad, dado que es para 300 llamados por hora”, graficó Bullrich en declaraciones a TN.

Vale recordar que entre las principales características del “Protocolo de Orden Público”, se destaca que las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales intervendrán frente a impedimentos al tránsito de personas o medios de transporte, cortes parciales o totales de rutas nacionales y otras vías de circulación sujetas a la jurisdicción federal, y que también podrán intervenir en territorios provinciales o de la Ciudad de Buenos Aires en los casos y bajo las condiciones establecidas por los artículos 23 y 24 de la ley de Seguridad Interior Nº 24.059.

En efecto, dicha intervención, se producirá sin que necesariamente medie orden judicial, toda vez que se trata de un delito flagrante reprimido por el artículo 194 del Código Penal de la Nación Argentina, sin perjuicio de la comunicación inmediata al juez o al fiscal competente.

A la vez, se especifica que por impedimentos al tránsito de personas o medios de transporte, cortes parciales o totales de rutas nacionales y otras vías de circulación, debe entenderse cualquier concentración de personas o colocación de vallas u otros obstáculos que disminuyeren, para la circulación de vehículos, el ancho de las calles, rutas o avenidas, o que estorbaren el tránsito ferroviario, aun cuando no crearen una situación de peligro, o que impidieren el ingreso de personas a lugares públicos o empresas (no se tomará en cuenta, a tales efectos, el hecho de que los perjudicados tuvieren otras vías alternativas de circulación).

Ante tales situaciones, la acción de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales estará orientada a despejar los accesos y las vías de comunicación o de transporte, en el marco de la ley y en cumplimiento de sus fines hasta dejar totalmente liberado el espacio destinado a la circulación.

Para tal fin, los efectivos emplearán la “mínima fuerza necesaria y suficiente”, con especial atención y cuidado ante la presencia de niños, mujeres embarazadas o ancianos, siendo que esa fuerza será “graduada” en proporción a la resistencia opuesta por los manifestantes o sus apoyos, siempre con empleo de armas no letales.

A la vez, se añade que en la medida de lo posible deberán ser identificados los autores, cómplices e instigadores, mediante filmaciones y otros medios digitales o manuales, con registro prioritario de los datos de sus líderes y organización con la cual se vinculan, sin perjuicio de proceder a su detención, cuando así corresponda legalmente.

De la misma manera, también serán identificados los vehículos con los cuales los manifestantes hubieran sido transportados, con lo cual si se registrare una infracción a las reglas vigentes para los vehículos de los cuales se trate y el tipo de actividad para la que estuvieran habilitados -o bien de los conductores- se comunicará esa circunstancia a las autoridades de contralor correspondientes.

Por otro lado, el Ministerio de Seguridad -por medio de sus servicios jurídicos- podrá demandar judicialmente a las organizaciones, así como a las personas individuales que resultaren responsables, por el costo de los operativos que se hubieren desplegado para hacer cesar los actos ilegítimos, mientras que en caso de tratarse de extranjeros con residencia provisoria en el territorio argentino, se enviarán sus datos a la Dirección Nacional de Migraciones.