Legislatura porteña: Actualizan la quita de puntos para infractores de tránsito

Los diputados de la Ciudad aprobaron la iniciativa que establece el endurecimiento del sistema de “scoring” para las infracciones de tránsito. Entre algunas de las novedades, se destaca la incorporación de quitas de puntos por “conducción peligrosa o temeraria” y por “invasión parcial de vías”. Por Cuarto Intermedio

Con 41 votos positivos y 17 abstenciones, la Legislatura porteña sancionó la ley que aumenta las sanciones de quita de puntos («scoring») para infracciones de tránsito, tales como el no uso de casco en motociclistas y de cinturón de seguridad en automovilistas. Asimismo, también se dispuso en la norma que ya no hará falta identificar al conductor de un vehículo para el efectivo descuento de puntos, en cuyo caso la penalidad se aplicará sobre el titular del dominio registrado, quien a su vez podrá deslindar responsabilidades.

Otros de los cambios introducidos al Código de Tránsito y Transporte y al Régimen de Faltas, en relación al Sistema de Evaluación Permanente de Conductores, son los referidos a la incorporación de quitas de puntos por «conducción peligrosa o temeraria» -10 puntos-, y por “conducir a contramano” -5 puntos-; mientras que por la no utilización del cinturón de seguridad y del casco se descontarán 4 y 5 puntos, respectivamente.

Por otra parte se estableció que la vigencia de las penas de descuentos de puntos, que hasta ahora es de dos años, en lo sucesivo se elevará a tres años.

Además, cuando un conductor alcance cero puntos por primera vez, se lo inhabilitará para conducir por 60 días y deberá realizar el curso de educación vial establecido en el Régimen de Faltas, acreditando su aprobación ante la autoridad administrativa y, en el caso que llegue por segunda vez a cero puntos, la inhabilitación será por 180 días y se producirá la caducidad de su licencia de conducir.

Por consecuente y para volver a obtener el carné de conductor, deberá iniciar un nuevo trámite y si por tercera vez llega a cero puntos en el lapso de tres años, quedará inhabilitado por dos años para manejar automotores (después de la cuarta ocasión, en tanto, las inhabilitaciones serán por cinco años).

En otro orden, tanto los pagos voluntarios como las condenas y los actos de rebeldía, se anotarán en el Registro de Antecedentes de Faltas, quedando registrados durante cinco años calendario -transcurrido ese plazo los datos se cancelan automáticamente-.

El proyecto sancionado es de autoría de los legisladores Cristina García, Daniel Presti, Daniel Del Sol, Maximiliano Ferraro y Diego García Vilas (VJ), y arribó al recinto para su debate tras haber obtenido despacho de la Comisión de Tránsito y Transporte.